DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS ENFERMEROS Y ENFERMERAS
DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS ENFERMEROS Y ENFERMERAS
Derechos del personal de enfermería: El derecho y la enfermería comparten valores éticos indispensables para un ejercicio profesional basado en el respeto, la equidad y la justicia hacia la persona objeto de sus cuidados que le permiten a su vez la autorrealización de su profesión
- Ejercer la enfermería con libertad sin presiones de cualquier naturaleza y en igualdad en condiciones interprofesionales :
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, Artículo 5.
Reglamentaria del Artículo 5to. Constitucional, relativo al ejercicio de las Profesiones. Artículo 24.
Ley Federal del Trabajo. Artículo 164, Título Quinto.
Ley de Profesiones. Artículo 33.- Desempeñar sus intervenciones en un entorno que garantice la seguridad e integridad personal y profesional :
Tienen derecho a trabajar en instalaciones seguras y apropiadas, que les permitan desarrollar sus actividades en las mejores condiciones de protección para su salud e integridad personal. Cuando las características de sus actividades impliquen riesgos para su salud, tienen derecho a que se les dote de los insumos indispensables para minimizar el riesgo laboral.
Declaración Universal de los Derechos Humanos. Artículo 3 y 6. Ley Federal del Trabajo. Artículo 51; Art. 132, Título Cuarto, Fracción XVII, XXIV, XXVII; Art. 166, Título Quinto; Art. 172, Título Quinto; Art. 473, Título Noveno; Art. 475, Título Noveno; Art. 476, Título Noveno;Art. 483, Título Noveno; Art. 487, Título Noveno; Art. 490, Título Noveno; Art. 492, Título Noveno.
Ley General de Salud. Artículo 166.
- Contar con los recursos necesarios que les permitan el óptimo desempeño de sus funciones:
Ley Federal del Trabajo. Artículo 132, Título Cuarto, fracción III.
Reglamento de la Ley General de Salud en Materia de Prestación de Servicios de Atención Médica. Artículo 21 y 26
- Abstenerse de proporcionar información que sobrepase su competencia profesional y laboral
Ley General de Salud. Artículo 23, 32 y 52.
Reglamento de la Ley General de Salud en Materia de Prestación de Servicios de Atención Médica. Artículo 29.
Código Internacional de Enfermeras. Directrices Derecho y Lugar de trabajo. Las enfermeras y los enfermeros tienen derecho a ejercer la profesión sin rebasar el ámbito de las responsabilidades que jurídicamente le competen.
- Recibir trato digno por parte de pacientes y sus familiares, así como del personal relacionado con su trabajo, independientemente del nivel jerárquico:
En todos los ámbitos de su ejercicio, tienen derecho a recibir trato digno por parte del paciente y sus familiares, así como de los profesionales y personal relacionados con su práctica profesional, independientemente del nivel jerárquico.
Declaración Universal de los Derechos Humanos. Artículo 1.
Declaración de Posición. Consejo Internacional de Enfermeras. Las Enfermeras (os) tienen derecho de ejercer en un entorno que les garantice la seguridad personal, libre de malos tratos y violencia, amenazas o intimidación
Ley Federal del Trabajo. Artículo 132, fracción VI.
- Tener acceso a diferentes alternativas de desarrollo profesional en igualdad de oportunidades que los demás profesionales de la salud :
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Artículo 1, Párrafo Tercero.
Ley Federal del Trabajo. Artículo 132, Titulo Cuarto, Fracción XV. Artículo 153-A, B, F.
Ley General de Salud. Artículo 89, Segundo Párrafo y 90, fracción I.
Declaración de Posición. Consejo Internacional de Enfermeras. La formación y capacitación inicial y continua de las enfermeras y los demás Profesionales de Salud, debe dotarles de las competencias necesarias para conseguir que los pacientes y el público estén bien informados y para trabajar en colaboración con ellos con el fin de satisfacer mejor sus necesidades de Salud.
Todo el personal de enfermería debe tener acceso a la formación continua, y han de utilizarse los medios convenientes para llegar a las que trabajan en regiones aisladas.
- tener acceso a las actividades de gestión docencia e investigación de acuerdo a sus competencias , en igualdad de oportunidades interdependientes :
Ley General de Salud. Artículo 90, fracción IV.
Reglamento de la Ley General de Salud en Materia de Prestación de Servicios de Atención Médica. Artículo 6 y Artículo 17 fracción VI. OIT Convenio 149 sobre el empleo y condiciones de Trabajo y de Vida del Personal de Enfermería. Artículo V, Inciso 1.- Se tomarán medidas para fomentar la participación del personal de Enfermería en la Planificación de los Servicios de Enfermería y la consulta de este personal en la adopción de las decisiones que le afectan, según métodos apropiados a las condiciones nacionales, en particular formación apropiada, condiciones de empleo y trabajo.
- Asociarse libremente para impulsar, fortalecer y salvaguardar sus intereses personales:
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Artículo 9.
Ley Reglamentaria del Artículo 5to. Constitucional, relativo al ejercicio de las profesiones. Artículo 50 y 40.
Ley General de Salud. Artículo 49.
Código Civil Federal. Artículo 2670.
OIT Recomendación 157. Recomendación sobre el Empleo y Condiciones de Trabajo y de vida del personal de Enfermería. V participación, inciso a) los representantes calificados del personal de Enfermería, o de sus organizaciones representativas deberán asociarse para la elaboración y aplicación de las políticas y principios generales que rigen esta profesión, en particular en los campos de la instrucción, formación y el ejercicio de la profesión.
- Acceder a posiciones de toma de decisión de acuerdo a sus competencias, en igualdad de condiciones que otro profesionistas, sin discriminación alguna:
Ley Federal para prevenir y eliminar la discriminación. Artículo 9. Queda prohibida toda práctica discriminatoria que tenga por objeto impedir o anular el reconocimiento o ejercicio de los derechos y la igualdad real de oportunidades. A efecto de lo anterior, se consideran como conductas discriminatorias: Fracción III. Prohibir la libre elección de empleo, o restringir las oportunidades de acceso, permanencia y ascenso en el mismo.
- Percibir remuneración por los servicios profesionales prestados:
Ley Federal del Trabajo. Artículo 56, 66, 67, 68, 82, 83 y 85.
OBLIGACIONES DEL PERSONAL DE ENFERMERÍA:
- Respetar la dignidad de todas las personas significa valorar por igual , sin importar como sean y crear las condiciones para que puedan satisfacer sus necesidades básicas y desarrollarse plenamente.
- Respetar el derecho de integridad desde el momento en que la persona nace hasta su muerte.Nadie debe ser sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes. Toda persona privada de libertad será tratada con el respeto debido a la dignidad inherente al ser humano.
- Brindar apoyo en situación de contingencia que se encuentren relacionadas con tu nivel de competencia, como: emergencias, desastres, epidemias y más.
- Seguir en un proceso constante de actualización para ejercer de manera profesional.Permite a la organización a mantenerse ágil y flexible frente a las oportunidades y posibles desafíos, actuando con eficiencia
- Otorgar un servicio profesional, basado en los reglamentos vigentes.
EXCELENTE!!! tal y como lo mencionas conocer los derechos y obligaciones de las y los enfermeros es importante no solo para los que estan en formacion de esta profesion tambien para quienes se encuentren ejerciendo la enfermeria.
ResponderBorrarMuy buena información, como enfermeros debemos conocerlos muy bien pues nos pueden ayudar a nosotros en cualquier situación, como el brindar un buen trato al paciente.
ResponderBorrarMuy buen trabajo, la información esta bien estructurada, nos habla de cada derecho y obligación de los enfermeros para así conocerlos mejor y aplicarlos a la hora de profesionalizarse en enfermería
ResponderBorrarBuena información, es entendible y explicas bien cada derecho anexando donde se encuentra dentro de la constitución
ResponderBorrarEs muy importante este tema ya que nosotros como servidores de salud debemos saber que derechos nos protegen pero así también saber nuestras obligaciones y que lo tenemos que hacer de una manera eficaz
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